Bares y restaurantes atenderán hasta las 4 de la madrugada desde este viernes

Anticiparon que en este segmento, las mencionadas tareas permitirán que los locales bailables y salones de fiesta reabran el próximo fin de semana.

Locales 01/10/2021 leonardo fernández acosta leonardo fernández acosta
bares
Se flexibilizan, a partir de este viernes 1 de octubre, los horarios del sector gastronómico, comprendido bares y restaurantes, que se extenderá hasta las 4 de la mañana

El director de Bromatología del Municipio, Dr. Jorge Tarantini, informó que a partir de este viernes 1 de octubre, los bares y restaurantes podrán atender desde las 7 de la mañana hasta las 4 de la madrugada, de lunes a domingos, y adelantó que los locales bailables y salones de fiesta podrán reabrir a partir del próximo fin de semana.


Al explicar la adhesión del municipio a las medidas adoptadas por la provincia en virtud del decreto de necesidad y urgencia (DNU) nacional número 678/21, que establece flexibilizaciones en varias actividades, Tarantini destacó el estatus epidemiológico logrado que permiten paulatinas normalidades.


“En la ciudad de Formosa se flexibilizan, a partir de este viernes 1 de octubre, los horarios del sector gastronómico, comprendido bares y restaurantes, que se extenderá hasta las 4 de la mañana”, indicó.
Señaló que, en lo que hace a los locales bailables, la norma establece un aforo del 50 por ciento según la superficie del local, lo cual demandará realizar el análisis de cada caso y atender, además, la necesidad de reapertura comercial.


Anticipó que en este segmento, las mencionadas tareas permitirán que los locales bailables y salones de fiesta reabran el próximo fin de semana.


Al indicar los requisitos para el sector gastronómico, mencionó que en lugares cerrados se amplía el aforo al 70 por ciento, mientras que las áreas abiertas no tendrán límites más allá de los establecidos por el distanciamiento de dos metros por mesa de comensales.


Cabe señalar que la disposición provincial señala: “Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de dos metros; deberán utilizar barbijos en espacios compartidos cerrados y abiertos; se ventilarán los ambientes en forma adecuada y constante; las personas deberán higienizarse asiduamente las manos; en ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de “caso confirmado”, “caso sospechoso” o “contacto estrecho” de COVID-19, conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del decreto número 260/20, prorrogado en los términos del decreto número 167/21, sus modificatorias y normas complementarias”. “Todos los protocolos sanitarios provinciales para las actividades comerciales, profesionales, deportivas y sociales quedan sustituidos por las medidas preventivas generales mencionadas en el punto anterior”, agrega.


En relación a las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario previstas en el artículo 3° del DNU 678/21, particularmente en lo referido a las discotecas, locales bailables, salones de fiesta y eventos masivos, se deberán suscribir convenios de corresponsabilidad entre cada municipio y estos establecimientos y/o organizadores, a fin de garantizar el cumplimiento del aforo del 50% de cada local y el control de la vacunación o test negativo según lo dispuesto por la norma nacional. Una vez suscriptos los convenios, se podrá reiniciar la actividad de estos sectores en cada localidad.

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